El seguro garantiza frente al impago del alquiler de la vivienda arrendada, la compensación económica por el Asegurador al Asegurado Arrendador del importe total de las rentas arrendaticias mensuales devengadas que le haya dejado impagadas el Arrendatario, deducidas las mensualidades de franquicia, y hasta el límite contratado (6 meses o 12 meses según la opción elegida en el seguro), cuando recaiga sentencia firme de desahucio o cualquiera otra resolución judicial, que ponga fin al arrendamiento o imponga al Inquilino moroso condena al pago de las rentas sin que aquél las abone.
Un seguro de este tipo garantiza además la asistencia juridica (abogado) para realizar todo el proceso sin gasto para el asegurado.
Más información Seguro de perdida de alqileres: Tel. 91 028 66 76.
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