Habla de la acción súbita y violenta de la presión o depresión
del gas o de los vapores que, debido a una reacción
física o química, se autopropagan a mucha velocidad.
Quedarán cubiertos los daños y pérdidas materiales que puedan
sufrir los bienes asegurados por explosión, aun
sin incendio, así como los daños que puedan sufrir
las calderas, conducciones y otros aparatos fijos instalados
en la edificación asegurada a consecuencia
de la propia explosión.
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Los hechos producidos por falta de mantenimiento no estarán cubiertos. Si la explosión se produce en un aparato no habitual en un hogar, daños en bombillas por su propia explosión, fusibles, diafragmas de ruptura o discos de seguridad tampoco se cubrirán.
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